El Pabellón Nacional es uno de los símbolos nacionales de
Uruguay. Fue adoptado por las leyes del 16 de diciembre de 1828 y 12 de julio
de 1830. Sus colores son el blanco y el azul, teniendo el sol, que ocupa el
cantón, color oro. La bandera tiene las siguientes proporciones: el largo y el
ancho están en relación de 3 a 2 y el espacio que contiene el sol consiste en
un cuadro en la parte superior, junto al asta, que llega hasta la sexta franja,
exclusiva, de color azul. La primera franja y la última son de color blanco. El
dibujo del sol consiste en un círculo radiante, con cara, rodeado de dieciséis,
rayos (ocho rectos y ocho flamígeros intercalados). La disposición de los
elementos que componen el pabellón nacional uruguayo está inspirada en la
bandera de Estados Unidos, por lo cual las nueve franjas horizontales que se
distribuyen sobre el campo representan los primeros nueve departamentos. El
cantón está ocupado por el Sol de Mayo, símbolo que históricamente hace
referencia a la independencia de España del Virreinato del Río de la Plata. Uruguay
es uno de los pocos países en el mundo que ha adoptado a tres banderas como
símbolo patrio. Los tres pabellones se alzan conjuntamente en ocasiones de
fiesta nacional, permaneciendo alineados durante todo el día. En los colegios e
instituciones tanto privadas como públicas se elige a los tres alumnos con
mejor rendimiento académico y se les designa una bandera a cada uno: la
Nacional, la de Bandera de Artigas y la de los Bandera de los Treinta y Tres
Orientales. Asimismo, otros seis estudiantes actúan de escoltas, dividiéndose
en dos por abanderado.
Juan Antonio Lavalleja convocó a los pueblos para que decidiera la formación de un gobierno provisional, el que bajo la presidencia de Manuel Calleros, comenzó a actuar el 14 de junio en la Florida (Congreso de la Florida). Este gobierno provisional convocó a una Sala de Representantes de los cabildos de todos los pueblos de la provincia, la que inició sus funciones el 20 de agosto bajo la presidencia de Juan Francisco Larrobla.
Juan Antonio Lavalleja convocó a los pueblos para que decidiera la formación de un gobierno provisional, el que bajo la presidencia de Manuel Calleros, comenzó a actuar el 14 de junio en la Florida (Congreso de la Florida). Este gobierno provisional convocó a una Sala de Representantes de los cabildos de todos los pueblos de la provincia, la que inició sus funciones el 20 de agosto bajo la presidencia de Juan Francisco Larrobla.
El Congreso eligió a Lavalleja como gobernador, capitán
general y comandante en jefe de las fuerzas orientales.
El 25 de agosto de 1825
esta representación declaró unánimemente la independencia de la Provincia
Oriental con respecto a Brasil,
así como la unión a las Provincias Unidas del Río de la Plata y
la creación del primer pabellón nacional variante de la bandera de los Treinta y Tres Orientales.
La
Ley de Pabellón declaraba: La bandera de la Provincia Oriental estará compuesto de tres
franjas horizontales, celestes, blanca y punzó..."
La Provincia Oriental elige su pabellón conservando los
colores de la época artiguista, aunque sin el lema "Libertad o
muerte". Posteriormente, se usaría el pabellón reconocido por las
Provincias Unidas del Río de la Plata.
El 28 de agosto de 1828 se
firmó la Convención Preliminar de Paz, en
la cual se estableció la creación de un Estado independiente de Argentina y de Brasil
en el territorio Banda Oriental. Este hecho marco el
nacimiento del Uruguay como país independiente. Dicha Convención pautó que los
orientales habrían de elegir un Gobernador Provisorio y una Asamblea
Constituyente. Las primeras reuniones se llevaron a cabo en San José de Mayo y continuaron en Villa
Guadalupe (actual Canelones).
Es allí donde el Gobernador provisorio, Joaquín Suárez, planteó la necesidad de
contar con un pabellón nacional propio, ya que hasta ese momento se utilizaba
el de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
De tal manera el 16 de diciembre de 1828 se
aprobó el decreto-ley de creación del pabellón nacional: “Artículo único. El
Pabellón del Estado será blanco con nueve listas de color azul celeste
horizontales y alternadas, dejando en el ángulo superior del lado del asta, un
cuadrado blanco en el cual se colocará el sol”.
Las nueve franjas azul-celestes representaban a los
departamentos en los cuales se dividía el territorio uruguayo en esa época:
Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Maldonado, Montevideo, Paysandú, San
José, y Soriano.
Posteriormente, por ley del 12 de julio de 1830, la
bandera fue modificada. Se redujeron sus franjas a cuatro azules y cinco
blancas, manteniendo la simbología de la representación de los departamentos.
Por último, por decreto del 18 de febrero de 1952 se
especificó oficialmente que el dibujo del sol consistiría en un círculo
radiante, con cara y rodeado de 16 rayos. Con anterioridad a 1952 se le
dibujaba con cara por tradición. Por dicho decreto se establecieron los
símbolos nacionales y su gradación jerárquica, precedencia y respeto: Pabellón
Nacional, Escudo de Armas del Estado, Himno Nacional, Bandera de Artigas, Bandera de los Treinta y Tres Orientales, Escarapela Nacional.
Descripción:
Sus
colores son el blanco y el azul, teniendo el sol, que ocupa el cantón, color
oro. La bandera tiene las siguientes proporciones: el largo y el ancho están en
relación de 3 a 2 y el espacio que contiene el sol consiste en un cuadro en la
parte superior, junto al asta, que llega hasta la sexta franja, exclusiva, de
color azul. La primera franja y la última son de color blanco.
El dibujo del sol consiste en un círculo radiante, con
cara, rodeado de dieciséis rayos (ocho rectos y ocho flamígeros intercalados). Este
sol, conocido como Sol
de Mayo, es una representación del dios del sol Inca, Inti. Su
denominación hace referencia a la Revolución de Mayo, ocurrida en la semana del
18 al 25
de mayo de 1810,
que marcó el inicio del proceso de independencia de España de
los actuales países que en ese momento formaban el Virreinato del Río de La Plata.
Los colores del pabellón nacional uruguayo están tomados
de los colores de la bandera de las Provincias Unidas. Manuel Belgrano
había propuesto como color de las franjas un color azul próximo al turquesa, pero, dado que por entonces
era bastante difícil encontrar paños de color turquesa, se optó por utilizar
provisoriamente el color azul o
el color celeste.
De acuerdo al decreto del 18 de febrero de 1952 la
Bandera Nacional debe ser izada obligatoriamente todos los días festivos o de
conmemoración cívica por las oficinas públicas y establecimientos fiscalizados
por el Estado o con protección oficial.
Diariamente
deber ser izada en:
Presidencia de la República
Edificios de los Ministerios
Barcos de la Marina Mercante, en cuanto no afecten las
disposiciones vigentes, reglamentos de navegación o prácticas internacionales
Residencia del Presidente de la República
Principales oficinas públicas que tengan relación con el
tránsito internacional, situadas dentro de una distancia de cinco kilómetros de
la frontera terrestre y fluvial del Río Uruguay.
Se permite el uso del Pabellón Nacional por parte de los
particulares sin autorización previa.
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